Servicios de apoyo en el hogar (IHSS)

Las hojas de horas en papel ya no están disponibles a partir del 15 de abril de 2021

La Verificación Electrónica de Visitas (EVV) está aquí y las hojas de asistencia en papel ya no estarán disponibles a partir del 15 de abril de 2021. Si no se ha inscrito en el Portal de Servicios Electrónicos (ESP) o el Sistema telefónico de hojas de horas, se inscribirá automáticamente a partir del 15 de abril de 2021.

Los beneficiarios de IHSS que aún no estén inscritos en un ESP o TTS se inscribirán automáticamente en el Sistema telefónico de hojas de horas (TTS) para aprobar las hojas de horas.

Visite a Verificación de visita electrónica para destinatarios para obtener información adicional.

Los servicios de apoyo en el hogar (IHSS) son el programa de atención domiciliaria financiado con fondos públicos más grande de los Estados Unidos. IHSS ayuda a pagar los servicios a personas mayores, ciegas y discapacitadas elegibles que no pueden permanecer seguras en sus propios hogares sin asistencia. Los niños discapacitados también son potencialmente elegibles para IHSS. IHSS es una alternativa a la atención fuera del hogar, como centros de enfermería especializada, residencias asistidas o centros de alojamiento y atención.

¿Que tipo de ayuda esta disponible?

IHSS cubre las actividades más comunes de la vida diaria que necesitan las personas con discapacidades. Las diferentes tareas se valoran según las necesidades del individuo. Pueden incluir, entre otros:

  • Gestión interna
  • Compras de comestibles
  • Preparación de comidas y limpieza.
  • Transporte a citas médicas.
  • Alimentación con cuchara
  • Ayuda con equipo de respiración.
  • Necesidades relacionadas con el uso del baño o la incontinencia
  • Tareas de baño e higiene.
  • Asistencia para vestirse
  • Manejo de medicamentos
  • Cuidado de dientes, uñas y cabello.

¿Quién tiene derecho?

Un beneficiario de IHSS debe tener 65 años o más, ser ciego o estar discapacitado a largo plazo. También deben cumplir todas las condiciones siguientes:

  • Debe ser residente de California
  • Debe tener una determinación de elegibilidad para MediCal
  • Debe vivir en su propia casa u otra vivienda en la que elija residir (los residentes de hospitales de cuidados intensivos, centros de enfermería especializada y centros de cuidados intermedios no son elegibles).
  • Debe presentar un formulario de Certificación de Salud completo

¿Cómo funciona?

Para solicitar IHSS en el condado de Contra Costa, comuníquese con una oficina de IHSS del departamento de Empleo y Servicios Humanos. Lo mejor es llamar por teléfono. No es necesario que vengas a la oficina ya que el personal se desplazará a tu domicilio. Para aplicar, llame al:

Este número cuenta con personal durante el horario comercial, pero tiene un contestador automático para llamadas nocturnas o de fin de semana. Asegúrese de dejar un mensaje con su número de teléfono para que podamos responderle.

¿Dónde encontrar un cuidador?

La Autoridad Pública de Contra Costa es una agencia pública cuyo propósito es brindar información de los consumidores al programa IHSS. Puede seleccionar un cuidador calificado de su elección. El personal de la Autoridad Pública de Contra Costa lo ayudará a inscribir a un proveedor.

Si no ha identificado un proveedor, la computadora del Registro buscará trabajadores potenciales que se ajusten a sus necesidades, horarios y ubicación. El personal del Registro le enviará una lista de tres a seis nombres de trabajadores potenciales. Usted llama a los nombres de la lista para discutir el trabajo y programar entrevistas. El proveedor de atención es empleado del consumidor, no del Condado.

Puede llamar al Registro al (800) 333-1081 para informarles qué servicios necesita y en qué horas necesita un trabajador.

Qué esperar cuando presente la solicitud:

  • El condado debe recibir una Certificación de atención médica completa (SOC 873) antes de la autorización de los servicios.
  • Un trabajador social del condado lo entrevistará en su hogar para determinar su elegibilidad y necesidad de IHSS. Según su capacidad para realizar ciertas tareas de manera segura, el trabajador social evaluará los tipos de servicios que necesita y la cantidad de horas que el condado autorizará para cada uno de estos servicios. Esta evaluación incluirá información proporcionada por usted y, si corresponde, por su familia, amigos, médico u otros profesionales de atención médica autorizados.
  • Se le notificará si IHSS ha sido aprobado o rechazado. Si se le niega, se le notificará el motivo del rechazo. Si se aprueba, se le notificarán los servicios y la cantidad de horas por mes que se le han autorizado.
  • Si está aprobado para IHSS, debe contratar a alguien (su proveedor individual) para que realice los servicios autorizados. Usted es considerado el empleador de su proveedor y, por lo tanto, es su responsabilidad contratar, capacitar, supervisar y, según sea necesario, despedir a esta persona.

¿Cómo funciona el programa?

El Programa IHSS paga el salario de un cuidador (llamado proveedor de IHSS) para que trabaje en el hogar del cliente. Los beneficiarios de IHSS pueden contratar a cualquier persona de su elección para que sea el proveedor de atención domiciliaria. El proveedor puede ser un familiar o amigo si así lo desea. Los salarios del proveedor se pagan dos veces al mes después de realizar el trabajo. La tarifa salarial en Contra Costa es actualmente de $17.93 por hora. Los proveedores están cubiertos por el seguro de Compensación para Trabajadores pagado por el gobierno, por FICA y SDI. Se les requiere que se les tomen las huellas digitales y asistan a una Orientación para Proveedores realizada por la Autoridad Pública de Contra Costa (ver más abajo).

¿Dónde encontrar un proveedor individual de atención domiciliaria?

Los beneficiarios de IHSS pueden contratar a cualquier persona de su elección para que sea el proveedor de atención domiciliaria. La persona contratada debe tener edad elegible para trabajar y estar legalmente capacitada para trabajar en los EE. UU.

Aquellos beneficiarios que busquen un proveedor de atención adecuado, pueden comunicarse con la Autoridad Pública del Condado de Contra Costa. La Autoridad Pública opera un Registro que recluta, verifica las referencias de los trabajadores de atención domiciliaria, mantiene los nombres y la información en una base de datos y luego proporciona una lista de nombres a los consumidores.

La computadora del Registro buscará trabajadores potenciales que se ajusten a sus necesidades, horarios y ubicación. El personal del Registro le enviará una lista de tres a seis nombres de trabajadores potenciales. Usted llama a los nombres de la lista para discutir el trabajo y programar entrevistas. Puede llamar al Registro al (800) 333-1081 para informarles qué servicios necesita y en qué horas necesita un trabajador.