Asistencia general

Las personas que quieran solicitar Asistencia General pueden dirigirse a BeneficiosCal.com para presentar una solicitud.

Las personas también pueden solicitar Asistencia General llamando (866) 663-3225. El personal realizará una entrevista telefónica para determinar la elegibilidad para GA.

Asistencia General (GA), el programa financiado por el condado establecido por el Código de Instituciones y Bienestar del Estado con el propósito de ayudar a adultos indigentes que son residentes legales del Condado de Contra Costa que no tienen otros medios de sustento y no son elegibles para recibir dinero en efectivo financiado por el gobierno federal o estatal. que es administrado y financiado localmente por el condado de Contra Costa. 

La subvención máxima en efectivo para una sola persona empleable en GA es de $336 por mes y de $454 por mes para una pareja empleable. Sin embargo, los montos de las subvenciones varían según la cantidad de personas en el hogar, los ingresos y el estado de empleabilidad del beneficiario, por lo que no todos los beneficiarios de beneficios GA reciben el monto máximo de ayuda.

Las personas inscritas en Asistencia General pueden calificar para algunos de los siguientes beneficios y servicios:

Para obtener información adicional puede descargar el folleto de GA aquí GA80ENGv3.pdf en ingles y español GA80SPv3.pdf

Elegibilidad

Puede ser elegible para recibir Asistencia General si:

  • un ciudadano estadounidense o no ciudadano legalmente en el país sin limitación en su estadía
  • residente del condado de Contra Costa durante al menos 15 días; y
  • un adulto sin hijos dependientes

Si recibe Ingresos del Seguro Social (SSI), Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), Beneficios del Seguro de Desempleo (UIB) o Seguro Estatal de Incapacidad (SDI), es posible que no sea elegible.

Los criterios utilizados para determinar su elegibilidad también se basan en sus ingresos y propiedades. Los solicitantes pueden tener hasta $500 en propiedad personal.

Los solicitantes y beneficiarios de GA deben solicitar todos los ingresos potencialmente disponibles.

  • Los solicitantes y beneficiarios que no pueden trabajar y/o tienen 65 años o más deben solicitar beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) a través de la Administración del Seguro Social. Para obtener más información sobre la asistencia con la solicitud de SSI, haga clic aquí para visitar la página de defensa de SSI. Servicios de defensa | EHSD 

  • Los no ciudadanos legales de 65 años o más que cumplan con ciertos requisitos de residencia deben solicitar beneficios a través del Programa de Asistencia en Efectivo para Inmigrantes (CAPI) 

Todos los beneficios de GA se consideran un préstamo para la persona que recibe la ayuda. Los solicitantes/destinatarios de GA deben firmar un acuerdo de reembolso como condición de elegibilidad.

Plazos

Las personas que se determine que son empleables solo serán elegibles para recibir ayuda en efectivo durante 90 días en cualquier período de 12 meses, a menos que estén permanente o temporalmente discapacitados y no puedan trabajar.

Formas de solicitar asistencia general (GA)

Las personas pueden solicitar Asistencia General (GA) acudiendo a la oficina de la Agencia de Servicios Sociales del Condado de Contra Costa. Nuestras Oficinas están abiertas de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm

Condado del este Condado central Condado del oeste
4545 Delta Feria Bulevar
Antioquía, CA 94509
400 Camino de Ellinwood
Colina agradable, CA 94523
Avenida Macdonald 1305
Richmond, CA 94801

Los individuos pueden acudir a  BeneficiosCal. Juntos, nos beneficiamos. para enviar una solicitud en línea en línea

Las personas pueden llamar a la línea gratuita del condado al 866-663-3225 o al (925) 957-5648 para comunicarse con el personal y solicitar GA.

Una vez que solicite GA, se le dará una cita para la entrevista; se requieren formularios adicionales. Se le enviará un paquete de solicitud con estos formularios, o podrá descargarlos.

¿Qué sucede después?

En su entrevista, es posible que se le solicite que proporcione:

  • Identificación con foto
  • Comprobante de ingresos y recursos.
  • Información del estado de ciudadanía o estatus migratorio legal.
  • Número de seguridad social
  • Completar la solicitud GA

Cómo enviar verificaciones y formularios

En línea, puede enviar las verificaciones requeridas y la mayoría de los formularios GA aquí BeneficiosCal

Nota: El formulario SSP 14 original firmado debe devolverse por correo, en persona o mediante un correo electrónico seguro de su trabajador de GA. El correo electrónico seguro permitirá al trabajador enviar documentos y obtener una firma electrónica para este formulario y puede acelerar el proceso de solicitud.

Puede enviar cualquier formulario o verificación por correo a

CMU

PO BOX 114

Concord, CA 94524-4114

Uso de sus beneficios

Los beneficiarios de Asistencia General recibirán su ayuda en efectivo en una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT).

Puedes consultar tu saldo mediante:

Si le roban o pierde su tarjeta, llame al 1-877-328-9677 para denunciarlo y solicitar una tarjeta de reemplazo. Si no tiene hogar, comuníquese con su trabajador para obtener ayuda. Protéjase contra estafas, no comparta su tarjeta EBT ni su PIN con otras personas. Nunca nos comunicaremos con usted para preguntarle sobre estos detalles, por lo que si recibe llamadas telefónicas, mensajes de texto o correos electrónicos solicitando su información, NO se la proporcione.

Mantener sus beneficios

Para conservar sus beneficios de Asistencia General, es posible que deba completar un informe trimestral, una redeterminación anual y cualquier informe obligatorio de mitad de año. Además, si su dirección o número de teléfono cambia, debe informarlo a su trabajador de GA, ya que es posible que necesite comunicarse con usted por teléfono y enviarle documentos importantes y Avisos de acción por correo. 

Informe trimestral

Es posible que deba presentar un GA trimestralmente para informar cambios en circunstancias, como cambios en los ingresos, recursos, composición del hogar y/o gastos, que pueden afectar la elegibilidad.

Las personas pueden enviar formularios GA QR7

  • En persona dejándolos en una oficina del Distrito de Servicios Humanos y Empleo Social del Condado de Contra Costa.
Condado del este Condado central Condado del oeste
4545 Delta Feria Bulevar
Antioquía, CA 94509
400 Camino de Ellinwood
Colina agradable, CA 94523
Avenida Macdonald 1305
Richmond, CA 94801
  • Por correo Puede enviar cualquier formulario o verificación a

CMU

PO BOX 114

Concord, CA 94524-4114

Descargue formularios GA QR 7 en blanco imprimibles aquí Inglés PROGRAMA DE ASISTENCIA GENERAL ingles y para español PROGRAMA DE ASISTENCIA GENERAL

GA en blanco Formularios QR 7 También están disponibles en las oficinas de la Agencia de Servicios Sociales del Condado de Contra Costa.

Redeterminación (RRR)

Debe completar una redeterminación cada año, que incluye completar una entrevista con un trabajador de elegibilidad y presentar todos los formularios de redeterminación y las verificaciones requeridas.

Puede enviar las verificaciones requeridas y la mayoría de los formularios de solicitud de redeterminación de GA en línea aquí.

Las personas pueden enviar formularios GA RRR  

  • En persona dejándolos en una oficina del Distrito de Servicios Humanos y Empleo del Condado de Contra Costa.
Condado del este Condado central Condado del oeste
4545 Delta Feria Bulevar
Antioquía, CA 94509
400 Camino de Ellinwood
Colina agradable, CA 94523
Avenida Macdonald 1305
Richmond, CA 94801
  • Por correo Puede enviar cualquier formulario o verificación a

CMU

PO BOX 114

Concord, CA 94524-4114

Nota: El Formulario SSP 14 original firmado (SSP 14.pdfSSP 14 SP) debe devolverse por correo, en persona o electrónicamente con firma digital.         

Descargar Formulario en blanco imprimible GA 201 E aquí CONDADO DE CONTRA COSTA

Formularios del paquete de redeterminación de GA También están disponibles en la oficina del Distrito de Empleo y Servicios Humanos del Condado de Contra Costa.

Es obligatorio informar los siguientes cambios dentro de los diez (10) días siguientes a su ocurrencia.

  • Cualquier cambio en los ingresos
  • Cada vez que tenga algún cambio que pueda afectar su elegibilidad

Utilice el formulario GA QR 3 para informar cualquier cambio, Inglés y Español.

Cómo informar cambios

En línea: Puede enviar informes de cambios en línea BeneficiosCal. Juntos, nos beneficiamos.

O también puedes usar Adobe Sign Inicio de sesión de Adobe Acrobat Sign: inicie sesión en su cuenta de firma electrónica (echosign.com) para enviarlos por correo electrónico a su trabajador de admisión de GA una vez que tenga una cita programada.

Por Teléfono: Puede llamar al 925-655-0990 para informar cualquier cambio.

Por correo: puede enviar cualquier formulario o verificación a:

CMU

PO BOX 114

Concord, CA 94524-4114

FORMULARIOS

A continuación se detallan algunos formularios importantes que quizás deba proporcionarle a su trabajador de GA como parte de su admisión de GA y para continuar recibiendo los beneficios de GA.

Solicitud GA

La GA 201 E es la Solicitud oficial de asistencia general del condado de Contra Costa llamada Declaración de hechos de GA. Este formulario debe completarse en su totalidad como parte de la determinación de elegibilidad para los beneficios de GA.

Formulario en blanco descargable GA 201 E- Declaración de hechos GA en Inglés y en Español

GA 201 B- Acuerdo de Cooperación GA201Bv7.pdf (inglés) y Español

Formularios para personas sin hogar

Los siguientes formularios deben completarse todos los meses para determinar si hay personas sin hogar y continuar recibiendo asistencia mensual continua para personas sin hogar.

Complete el GA 94 H todos los meses para verificar que todavía no tiene hogar y complete el GA 94-15 todos los meses para verificar en qué gastó su asistencia de GA para personas sin hogar.

El GA 94 H en inglés GA94H.pdf y español GA94HSP.pdf

El GA 94-15 en inglés VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA GENERAL DE REFERENCIA AL REFUGIO y español VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA GENERAL DE REFERENCIA AL REFUGIO.


Formularios de informe trimestral-

Descargar el siguiente formulario en blanco imprimible para continuar recibiendo asistencia general.

Descargue formularios GA QR 7 en blanco imprimibles aquí Inglés PROGRAMA DE ASISTENCIA GENERAL los países de habla Inglesa y Española. PROGRAMA DE ASISTENCIA GENERAL

Formularios GA QR 7 en blanco También están disponibles en las oficinas de la Agencia de Servicios Sociales del Condado de Contra Costa.

Formularios de redeterminación (RRR)

Descargar los siguientes formularios en blanco imprimibles para RRR:

Declaración de hechos de GA (Solicitud GA) GA 201 E aquí 

El Acuerdo de Cooperación de la AG,  GA201Bv7.pdf  y en Español

Declaración del proveedor de salud de GA  GA 341 (inglés), GA 341 (español)

SSP-14 – Autorización para el reembolso del reclamo inicial de asistencia provisional o del caso posterior a la elegibilidad SSP 14.pdf los países de habla Inglesa y Española. SSP 14 SP

OTROS PROGRAMAS

Programa de Asistencia en Efectivo para Inmigrantes (CAPI)

Programa de Asistencia en Efectivo para Inmigrantes (CAPI) Proporciona asistencia en efectivo a ciertos inmigrantes legales ancianos, ciegos y discapacitados que no son elegibles para el Ingreso de Seguridad Suplementario/Pago Suplementario Estatal (SSI/SSP) debido a su estatus migratorio. Los participantes de CAPI también pueden ser elegibles para Medi-Cal, Servicios de apoyo en el hogar y/o CalFresh Beneficios

El Programa de Asistencia General del Condado de Contra Costa es responsable de proporcionar solicitudes CAPI a personas potencialmente elegibles, ayudar a los solicitantes a completar la solicitud, realizar la entrevista cara a cara requerida y procesar otras solicitudes del programa de beneficios públicos (Asistencia General, Medi-Cal, CalFresh, CalWORKs) y enviar las solicitudes CAPI recibidas al condado de San Mateo. El programa CAPI del condado de Contra Costa es administrado por el condado de San Mateo, quien procesa las solicitudes CAPI y envía pagos de asistencia directamente a los residentes del condado de Contra Costa.

Cómo aplicar:

  • En persona

Acuda a cualquier Oficina del Distrito de Empleo y Servicios Humanos del Condado de Contra Costa para obtener una solicitud CAPI y programar una cita para presentar la solicitud.

Condado del este Condado central Condado del oeste
4545 Delta Feria Bulevar
Antioquía, CA 94509
400 Camino de Ellinwood
Colina agradable, CA 94523
Avenida Macdonald 1305
Richmond, CA 94801
  • Por Teléfono

Llame a la línea GA al 925-957-5647 para solicitar CAPI

  • Por correo

Descargue una aplicación aquí SOC 814 (ca.gov) y envíe la solicitud completa por correo a la Unidad CAPI de San Mateo a:

Rinde de 271 a 92 porciones nd Calle

Ciudad de Daly, CA 94015

  • Por fax

Descargue una solicitud aquí SOC 814 (ca.gov) y envíe por fax la solicitud completa al 650-301-8455, atención Unidad CAPI de San Mateo.

Para CAPI y solicitudes CAPI adicionales en otros idiomas, consulte la información del Departamento de Servicios Sociales de California aquí: https://www.cdss.ca.gov/capi

Para más información: Puede obtener información grabada las 24 horas del día, incluidos fines de semana y feriados, llamando al número gratuito de CAPI, 1, 800 648, 0954.

Para ser elegible para CAPI, debe cumplir con todos los siguientes requisitos de elegibilidad: 

  • Ser residente de California;
  • Tener 65 años o más, ser ciego o discapacitado; 
  • No ser ciudadano y cumplir con los criterios de estatus migratorio vigentes para SSI/SSP a partir del 08/21/96; 
  • No ser elegible para SSI/SSP únicamente debido a su estatus migratorio. Esto significa que debe solicitar SSI/SSP y presentar prueba de su inelegibilidad ante la Administración del Seguro Social;
  • Tener recursos por debajo de los límites permitidos de $2,000 para un individuo o $3,000 para una pareja; y
  • Tener ingresos inferiores a los estándares de pago CAPI.  

Si es elegible, el monto de su pago CAPI dependerá de su estado civil, situación de vivienda e ingresos.

No es elegible para CAPI si:

  •  Un ciudadano estadounidense (EE.UU.);
  •  Ser residente de una institución pública durante al menos 30 días consecutivos;
  •  Un delincuente/violador de libertad condicional que huye; o
  •  Fuera de California durante al menos 30 días consecutivos.

PROGRAMAS PARA REFUGIADOS E INMIGRANTES

Asistencia en efectivo para refugiados (RCA)

La asistencia en efectivo para refugiados está disponible durante los primeros 12 meses que un refugiado (admitido para residencia permanente) esté en los EE. UU.

En California, el refugiado primero debe tener elegibilidad para CalWORKs determinado. Si se determina que el refugiado es elegible para CalWORKs, la ayuda debe pagarse bajo ese programa y no con fondos de la RCA.

Programas de Asistencia a Víctimas de Trata y Delitos (TCVAP))

El Programa de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas y Delitos (TCVAP, por sus siglas en inglés) brinda servicios a víctimas no ciudadanas elegibles de trata de personas, violencia doméstica y otros delitos graves, como asistencia en efectivo, beneficios alimentarios, empleo y servicios sociales. Los beneficios y servicios siguen el modelo del Programa de Reasentamiento de Refugiados, que sigue los mismos montos de subvención, estructura y plazos que la Asistencia en Efectivo para Refugiados (RCA) y CalWORKs.

Para obtener más información sobre Asistencia en efectivo para refugiados (RCA) o Programas de asistencia a víctimas de delitos y trata (TCVAP), vaya aquí Programas para refugiados e inmigrantes | EHSD  

Los solicitantes que deseen solicitar RCA o TCVAP en línea podrán hacerlo a través de:

  • llamar (866) 663-3225 para aplicar por teléfono.
  • Solicitud en línea utilizando este enlace para solicitar CalWORKs:  https://benefitscal.com
  • Visitando una de las siguientes oficinas:
Condado del este Condado central Condado del oeste
4545 Delta Feria Bulevar
Antioquía, CA 94509
400 Camino de Ellinwood
Colina agradable, CA 94523
Avenida Macdonald 1305
Richmond, CA 94801

El horario de oficina en cada ubicación es:
Lunes – Viernes, 8:00 am a 5:00 pm

Programa de entierro del condado – Servicios de entierro del condado

Se puede autorizar un servicio de entierro del condado para aquellos residentes fallecidos del condado que no tienen los recursos para proporcionar dicho entierro por sí mismos y cuyos familiares más cercanos no pueden asumir su responsabilidad financieramente.

Para obtener más información sobre el entierro del condado, haga clic aquí: Servicios de entierro del condado | EHSD